domingo, 4 de enero de 2009

OPINIÓN-GERMÁN BARBERI

EL RUIDO EN IBAGUÉ
GLOSAS Y POSGLOSAS
Germán Barberí Perdomo
"Cortolima debe efectuar mediciones de ruido cada 3 meses y conjuntamente con la Alcaldía rendir informes de las actividades ejecutadas para el cumplimiento de esta sentencia"
Hay una grata noticia para quienes habitan o trabajan en el centro de la ciudad de Ibagué. El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de la ciudad de Ibagué, a cargo del Juez Dr. JESUS ORLANDO PARRA, pronunció el 13 de noviembre de 2008, sentencia de primera instancia en la acción popular promovida por quien esto escribe contra el Municipio de Ibagué y Cortolima, por la contaminación auditiva relacionada con la gran cantidad de sonidos, pitos de los vehículos, música, parlantes y demás que a diario debemos padecer quienes habitan o trabajamos en la zona céntrica de nuestra capital.

En efecto en la acción popular se logró demostrar que los decibeles o niveles permitidos de sonido, de la sobrepasan dichos límites, produciendo, produciendo contaminación con secuelas graves para la salud, de tal magnitud, en el sentido de que el ruido no solamente pude producir sordera y graves problemas auditivos, sino infartos debidos al estrés, úlceras, infertilidad, aborto en las mujeres embarazadas, falta de concentración, y hasta la muerte de las personas que constantemente estén sometidas a decibeles superiores a los permitidos por las autoridades nacionales.

Teniendo en cuenta lo anterior, quien habla presentó una acción popular, con el fin de evitar dicha contaminación auditiva en la zona comprendida entre las Cras. 1ª a 5ª de la calle 11, sector donde se encuentran ubicadas clínicas, hoteles, consultorios médicos, oficinas públicas y privadas, sector financiero, comercial y residencial, quienes debido a la ausencia de sincronización de los semáforos nos veíamos avocados a pitos, sirenas y ruidos estridentes de los vehículos con el fin de supuestamente acelerar el tránsito, cuando según el Código Nacional de Tránsito, el pito está prohibido y solamente se debe usar en una emergencia.

El Juzgado Segundo Administrativo en sentencia amparó los derechos colectivos a un ambiente sano y la salubridad pública, no solamente del sector antes citado sino que amplió el amparo al perímetro urbano de la ciudad, llamado centro de la Calle 19 a la Calle 8ª entre las Cras. 1ª a 5ª, ordenando al Alcalde y a Cortolima que en un término no mayor a 3 meses de la ejecutoria de la Sentencia, implementen y ejecuten medidas necesarias para reducir el nivel de producción de ruido en la ciudad de Ibagué, iniciándose con actividades educativa s y después sancionatorias con partes y comparendos a quien pite sin necesidad, utilice sirenas o aparatos estridentes que causen ruido, con multas que pueden superar los $500.000.oo.

Igualmente se ordenó al Alcalde, que ordene a las autoridades de transito y policía hacer presencia efectiva y material, sobre todo en las horas pico en los sectores de congestión vehicular y de los semáforos del centro de la ciudad, permitiéndose la circulación rápida de los automotores y para aplicar las sanciones drásticas a que hubiere lugar.

Cortolima debe efectuar mediciones de ruido cada 3 meses y conjuntamente con la Alcaldía rendir informes de las actividades ejecutadas para el cumplimiento de esta sentencia.

El fallo incluye la prohibición a los agentes de Policía que controlan el tránsito de utilizar igualmente en forma desorbitada el pito de dotación, que también se constituye en contaminación auditiva.

Ojalá esto ayude a calmar también los ánimos caldeados entre el Gobernador y el secretario de Gobierno Municipal, como consecuencia de los estridentes sonidos por el préstamo o alquiler indiscriminado y a toda hora que se hace del parque Murillo Toro, habiendo sitios como la Concha Acústica, el Estadio, la misma Fábrica de Licores, el Patio de banderas etc…. Para que allí se hagan las celebraciones que a diario nos toca soporta r a quienes habitan o trabajamos en esta zona céntrica de la ciudad.

Ahora estaremos en espera del fallo de segunda instancia en el Tribunal, que deberá producirse en dos o tres meses y dada su importancia creemos que será confirmando dicha sentencia, en donde por fin acabaremos con el insoportable ruido en el centro de la ciudad.

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